3 sept 2015

DERECHO E INSEGURIDAD

   Todas las definiciones que se dan del Derecho coinciden en señalar que se trata de aquel conjunto de normas dictadas por los poderes públicos competentes con el fin de ordenar la convivencia para la consecución del bien común y la conservación del orden social. El artículo 9.3 de nuestra Constitución proclama el derecho de los ciudadanos a la seguridad jurídica. 

   El Derecho nace, no tanto para dar pábulo a esa idea de la justicia, sino para cubrir una necesidad social de seguridad jurídica,  entendida como certeza o cuando menos previsibilidad razonable.. Esto no está sucediendo ahora mismo, y los operadores jurídicos llegan a la creencia de la existencia de “circulares internas” que motivan la tendencia del criterio del momento. Por poner un ejemplo en el tema de incapacidades laborales, así como hace algunos años era bastante razonable y previsible que en sede judicial se obtuviera una declaración de incapacidad, en función de determinadas patologías, actualmente  existe un limbo jurídico hasta el punto de que alguien que carece de una capacidad mínima para el trabajo se encuentra con declaraciones de que es útil y laboralmente rentable según sus señorías. Cuestión esta que llega a resultar inaudita hasta para el propio especialista en salud que está tratando al paciente. 
   Pues bien, esto llevado a otros ámbitos del Derecho tiene significados similares, pues aun tratándose de asuntos claros y palmarios, jurídicamente hablando,  la resolución no solo llega a ser absurda y contraria al mínimo principio jurídico, sino,  a todas luces,  injusta.  Claro que estas cuestiones no son nuevas, pues como sabemos los jueces,  como humanos que son,  tienen sus defectos y virtudes y al igual que en cualquier profesión, hay quien se documenta y quien no, quien trabaja y quien se dedica a otras cuestiones. En fin, que de todo hay en la viña del Señor. Sin embargo, hasta al menos el año 2013 los desmanes, desbarajustes o sin razón jurídica,  podían corregirse por la vía del recurso.  Desde la entrada en vigor de la famosa Ley de Tasas del Sr. Gallardon el recurso se ha convertido en un producto delicatesen. El recurso más básico cuesta unos 800 euros más el porcentaje correspondiente. Cualquiera puede comprender que con ese montante es difícil litigar. Máxime,  cuando la madre de todas las madres, esa que dicen justicia, ciega, sorda y muda es de todo menos justa.  
   Por eso, no solo padecemos un descredito en la política sino que la administración de justicia está también en horas bajas, y los Jueces,  en ocasiones,  estropean y malbaratan las leyes.  Por eso, en este país, adivinar lo que va a hacer un Juez ya  no depende ni del estudio de las Leyes ni del examen de los precedentes judiciales que en forma de jurisprudencia deberían  indicar por donde se va. No. Depende, muchas veces, de la ideología, cuando no del humor de Su Señoría. 
   Y en el caso del derecho público, el desconocimiento de las leyes cuando no su violación completa, viene de la mano de la falsa antítesis entre el denominado interés general y del interés privado. Observamos, pues,  que la legalidad tiene varios prismas. Y la independencia judicial no puede seguir cubriendo la violación flagrante de las Leyes, sin que nadie haga nada. La misma confusión y versatilidad negativa de las normas, permite aplicaciones diversas y contradictorias, generadas por todo tipo de factores exógenos, tales como ignorancia, presiones e incluso incentivos totalmente distintos a la satisfacción de administrar justicia. 
   Habrá que confiar en una recuperación jurídica para lograr una sociedad segura y con prestigio. Y no que el ciudadano, no solo por el gravamen  económico, sino por la inseguridad que padece, opte por otras vías,  ajenas al juzgado para resolver sus conflictos, ya sea mediante acuerdos, arbitrajes, avales  o similares, que le cubran cualquier contratiempo. Todo, antes que tener que acudir a la justicia.  Incluso comprar cartuchos. 


EMMA GONZALEZ - ABOGADA 

No hay comentarios:

Publicar un comentario